Autor: Jorge Zúñiga Rodríguez
Este caso, que merecería
figurar en Con la Z de Stúñiga;
Curiosidades
(y excentricidades habría que agregar)
sobre el Ducado de Béjar de Antonio Sánchez Sánchez, publicado en Archivo Fotográfico y Documental de Béjar,
2009, lo trae el genealogista y heraldista Julio de Atienza y Navajas, barón de
Cobos de Belchite, en su trabajo El
Marquesado de Águilafuente, incluido en la revista Hidalguía, 1993, del Instituto Salazar y Castro (CSIC) de Madrid:
Emblemas del
marquesado de Aguilafuente en el antiguo palacio de Aguilafuente, Segovia. Casadelpalacio.com
Viéndose sin sucesión legítima don Álvaro de Zúñiga,
II duque de Béjar, III conde de Bañares, I marqués de Gibraleón, Justicia y
Contador mayor de Castilla, de su mujer y tía doña María de Zúñiga, acudieron
ambos al rey Carlos I (el emperador Carlos V) haciéndole
presente que, además de los bienes de su mayorazgo, tenían otros libres
adquiridos algunos de ellos durante su matrimonio, y careciendo de descendencia
suplicaban se les diese licencia y facultad para poder fundar un mayorazgo o
dos, con condición precisa que no pueda revocarse, añadirse, disminuirse o
alterarse durante la vida de los fundadores, y para mayor firmeza, verificada
la muerte de uno, no pueda el otro revocarlo, modificarlo ni condicionarlo,
quedando siempre en el estado que tenía cuando falleciese uno de los
fundadores, excepto si el sobreviviente fuese el expresado don Álvaro, a quien
le había de quedar libre la facultad de poderlo alterar según y cómo tuviese a
bien. Esta licencia y expreso consentimiento les fue concedido en todo, considerando
los bienes que constituyesen el mayorazgo como inalienables e indivisibles, y
así les fue despachada en Burgos a 20 de diciembre de 1527, refrendada por don
Francisco de los Cobos (Seis meses antes había nacido Felipe, hijo y
sucesor de Carlos, cuyos padrinos de bautismo fueron Álvaro de Zúñiga y la
reina Leonor, hermana del emperador)