Autor: Agustín García Gómez
Y las casas arruinadas en la Villa Vieja
Al carecer de fecha el informe Jovin, otros autores lo han datado en 1720, pero puede que sea incluso algo anterior. Hemos encontrado una signatura en el Archivo Ducal de Béjar con documentación que consideramos «derivada» del informe, y que nos cuenta con más detalle la existencia del problema del arruinamiento de la Villa Vieja y las soluciones ideadas por el duque don Juan Manuel en su decreto de 1715[1], que resultan similares a las recomendadas por el abate Jovin.
Aunque la redacción es muy enrevesada, podemos leer lo siguiente (con el título añadido de mano de Tapia Osorio:
“Reedificación de casas de la Villa Vieja cediendo para ello, el Duque las alcabalas que adeuden sus vecinos.
Madrid Abril 9 del 1715
Respecto de que la conservación de los Pueblos consiste principalísimamente en el reparo y conservación de las casas, no solo por ser habitación de los vecinos, sino porque sirven de adorno a los mismos lugares. Y habiendo visto yo, y después sabido, que muchas de las casas de la Parroquia de Santa María de mi villa de Béjar están arruinadas unas y amenazando lo mismo otras a causa de la pobreza de los vecinos de que se compone el tal barrio, originada (por) de la injuria de los tiempos y la falta de frutos siquiera, (ha) experimentado de algunos años a esta parte. Deseando yo, (con) ocurrir al reparo de tan grandes inconvenientes, he resuelto contribuir por mi parte con los medios que hoy me son posibles, consignando para este fin lo que produjeren las alcabalas que me pertenecen y deben pagarme los vecinos del dicho barrio llamado Villa Vieja y que se causaren desde el día de San Juan de Junio próximo que viene de este año, siendo de la obligación de mi tesorero y del Ministro de Rentas, afrontar la cantidad que sumare la copia de las tales alcabalas, luego que se cobre para ponerlas, como les mando, la pongan en poder de mi contador don Miguel de Béjar Centeno, a quien […] su distribución a este fin, ordenándole, como por el presente le ordeno, que habiendo junta cantidad proporcionada para el reparo de alguna de las tales casas, y ponga por ejecución hacerlo luego y empezando por las que más lo necesiten: Sobre que le doy toda la facultad y comisión que se requiere con la prevención de irme dando cuenta de todo lo que obrase y detenerla por menor […] claridad de los gastos que hiciere. Y declaro que las dichas alcabalas han ser en todos sus ramos, la que causaren los tales vecinos de la Villa Vieja. Firmado: El Duque.



