Autor: José Muñoz Domínguez
En la mentalidad aristocrática del Antiguo Régimen, la trascendencia del linaje estaba por encima de los intereses individuales, un estatus hereditario basado en tres pilares irrenunciables frente a la muerte y el olvido: la transmisión del legado genético a través de la descendencia –preferiblemente por vía legítima–, la transmisión de la herencia material a través de la institución del mayorazgo –con la consecuente preservación o acrecentamiento de los bienes raíces, inmuebles, muebles y semovientes, también de los privilegios, acumulados en la figura del primogénito–, y el honor y buena fama de cada miembro de la misma progenie desde sus ancestros, reforzada o significada mediante la creación de lugares para la memoria en capillas funerarias, fundaciones religiosas o asistenciales, palacios y quintas de placer.
Portada de la disertación jurídica de Christoph Schreiter, Damnatione memoriae..., de 1689 (imagen tomada de https://www.digitale-sammlungen.de/de/view/bsb10648131?page=,1).
La representación más evidente o pregnante de esa triple herencia radicaba en la heráldica, ese conjunto de formas codificadas que desde tiempos medievales permitía y permite identificar a las distintas casas nobiliarias europeas con la misma eficacia que, en nuestros días, consigue el diseño de un logotipo respecto de una marca o empresa. En el caso del linaje Zúñiga, basta observar un escudo de plata con banda de sable, orlado de cadena de oro con ocho eslabones y timbrado por corona ducal –o su versión labrada en piedra, generalmente acromática– para reconocerlo como símbolo inequívoco del patrimonio de esa familia de origen navarro, duques de Béjar desde 1485. Y, del mismo modo que una alianza empresarial obliga a la coexistencia o a la fusión de los logotipos de cada socio en la nueva imagen corporativa, tras cada alianza matrimonial entre dos linajes se cuidaba la exhibición de sus correspondientes signos heráldicos con el debido orden de prioridad.
Si la presencia y permanencia de las armas de un linaje noble suponen una estrategia esencial para perdurar en el tiempo, su desaparición intencionada, su borrado, resulta ser una afrenta extrema de menosprecio y hasta de negación, una verdadera condena al olvido, o damnatio memoriae, como la que practicó el duque Francisco III contra su madrastra Brianda Sarmiento de la Cerda, segunda esposa de su padre, y que reúne las características habituales de esta antigua práctica, con ciertas variantes que se mostrarán a continuación.
Inscripción romana conservada en la ciudad de Ostia en la que se aplicó la abolitio nominis al emperador Geta (imagen de Jessica tomada en julio de 2007, disponible en https://www.flickr.com/photos/mickandromey/739101290/sizes/l/).
1. La damnatio memoriae desde la Antigüedad
La expresión latina damnatio memoriae es mucho más reciente que su concepto y su uso desde la Antigüedad; de hecho, no fue acuñada hasta 1689 por Christoph Schreiter en su disertación jurídica titulada, precisamente, Damnatione memoriae (La condenación de la memoria, fig. 1 y nota 1). En tiempos de la vieja Roma solía utilizarse la forma abolitio nominis, la abolición del nombre de la persona, una vez fallecida, cuya memoria se condenaba a las aguas del Leteo.
Damnatio memoriae contra el dux Marino Falieri en la galería de
retratos del palacio de los dogos de Venecia, en la que se aplicó pintura negra
en su lugar y el siguiente texto en latín (imágenes tomadas de https://www.venecisima.com/post/el-dux-borrado-que-perdio-la-cabeza-por-amor).
Pero los ejemplos conocidos son incluso anteriores. Ya entre los egipcios –su casta dirigente– se dieron algunos casos, como la condena al olvido decretada por el faraón Semerjet contra su predecesor Adyib; la de Tutmosis III contra su propia tía, la reina Hatshepsut; y las de Horemheb contra Ay y los heréticos Akenatón, Tutankamón y Semenejkara. Entre los gobernantes romanos, al parecer por influencia helénica (con los ejemplos del pirómano Eróstrato y del rey Mitridates VI), se llegó a la abolitio nominis en numerosas ocasiones, no siempre con la preceptiva autorización del Senado y ejecutada contra emperadores de infausto recuerdo: Calígula, Nerón –otro pirómano–, Domiciano, Geta (fig. 2), Heliogábalo, Maximiano y una veintena larga de casos que abarcan todo el período imperial, aunque ya en tiempos de Tiberio también se había aplicado a alguien de menor rango, el prefecto Sejano, por conspiración. De la etapa medieval se suele citar la damnatio memoriae de Esteban VI contra su antecesor, el papa Formoso, de cuerpo presente durante el Concilio Cadavérico del año 897; la del papa Lucio III contra Pedro de Valdo y los valdenses a partir de su excomunión en 1184; o la del Consejo de los Diez en Venecia contra el dux Marino Faliero en 1355, cuando fue detenido, juzgado y decapitado e, inmediatamente, pintado de negro el espacio para su retrato oficial en la Sala del Maggior Consiglio (fig. 3 y nota 2). De esta misma etapa tardo-medieval propone un par de ejemplos hispánicos el historiador Mervyn Samuel (nota 3), centrados en las controvertidas figuras regias de Pedro I (1350-1369) y Enrique IV (1454-1474). Iniciada la Edad Moderna, es bien conocida la condena contra Girolamo Savonarola decretada por el papa Alejandro VI –el español Rodrigo de Borja– a partir de la ejecución del fraile en 1498 (fig. 4), casi cien años antes de que se produjera el curioso caso del duque de Béjar contra su madrastra. Dentro del mismo período, y tangencialmente en el ámbito bejarano, se puede incluir la condena sobre el licenciado Diego Antonio de Viga (ca. 1650-1688), a quien dedicó un artículo Cascón Matas hace pocos años (nota 4).
Inscripción de restitución memorial de Savonarola y compañeros instalada en la plaza de la Signoria de Florencia (imagen tomada de https://www.arteleonardo.com/de/blog/209/girolamo-savonarola-a-herethic-in-florence).
Pero la práctica prosiguió hasta alcanzar el siglo XX y con ejemplos tan manifiestos como las depuraciones totalitarias practicadas por Iósif Stalin contra sus adversarios políticos desde 1927: Lev Trotski, Lev Kamenev, Nikolai Bujarin o Grigori Zinóviev, entre otros, fueron literalmente borrados de textos, inscripciones y fotografías (fig. 5) de forma tan concienzuda como en la versión literaria y crítica enunciada por George Orwell en su novela 1984 (escrita durante 1948, pero no publicada hasta el año siguiente, una década después de las grandes purgas estalinistas de 1936-1938), donde la desaparición física y memorial recibe el nombre de vaporization (evaporación o vaporización).
Damnatio memoriae soviética sobre personajes caídos en desgracia. La fotografía original (izquierda), tomada en 1920
por Grigory Petrovich Goldsmith durante un mitin de
Vladimir Illych Lenin en la plaza Teatralnaya, fue alterada
posteriormente para hacer desaparecer a Trotski y Kamenev (derecha,
área central de la fotografía, junto a la tribuna). Imágenes tomadas de https://es.gw2ru.com/historia/221384-asi-borraba-gente-fotografias-propaganda-estalinista.
Como formas de borrado histórico más recientes, ya en nuestro siglo, son bien conocidos los derribos de estatuas urbanas que representan a figuras cuestionadas como Cristóbal Colón o a gobernantes indeseables como Francisco Franco, Sadam Hussein, etc. Lo que antaño fue abolitio nominis o damnatio memoriae, ahora preferimos nombrarlo con el eufemismo «cultura de la cancelación». En la segunda parte de este trabajo veremos de qué forma consiguió «cancelar» el duque a su madrastra.
Continuará
NOTAS
1. Schreiter, Christoph, Damnatione memoriae, Cristoph Fleischer, Leipzig, 1689 (disponible en https://api.digitale-sammlungen.de/iiif/image/v2/bsb10958549_00003/full/full/0/default.jpg).
2. Buena parte de estos ejemplos constan en Straehle, Edgar, «Memoria. poder y autoridad. La damnatio memoriae en la antigua Roma», en el blog Conversación sobre la Historia, publicado en 10 de octubre de 2020 (https://conversacionsobrehistoria.info/2020/10/10/memoria-poder-y-autoridad-la-damnatio-memoriae-en-la-antigua-roma/), así como en el blog https://www.livius.org/articles/concept/damnatio-memoriae/, donde se estudian con mayor detalle y se amplían considerablemente los casos.
3. Samuel, Mervyn, «Dos casos de damnatio memoriae en Castilla. Pedro I y Enrique IV (con un epílogo para ingleses)», en Castillo Pascual, María José, et al. (coords.), Las víctimas de la amnesia: formas de imponer el olvido del pasado en el mundo romano, Universidad de la Rioja, 2007 (disponible en https://www.academia.edu/127967133/D0S_CAS0S_DE_DAMNATIO_MEMORIAE_EN_CASTILLA_PEDRO_I_y_ENRIQUE_IV_con_epílogo_para_inglesess_Con_epílogo_para_inglese).
4. Vid. Cascón Matas, Carmen, «Diego Antonio de Viga, un bejarano conspirando en Manila», publicado previamente en el semanario Béjar en Madrid y disponible en el blog Pinceladas de Historia Bejarana (https://ccasconm.blogspot.com/2021/09/diego-antonio-de-viga-un-bejarano.html, entrada del 11 de septiembre de 2021).






No hay comentarios:
Publicar un comentario
"No existen más que dos reglas para escribir: tener algo que decir y decirlo." Óscar Wilde.